El Ministerio de Administración Pública (MAP) aclaró las medidas vigentes sobre las condiciones de trabajo y el horario laboral en el sector público, de acuerdo a las resoluciones 039-2021, 055-2021 y 100-2021 emitidas por esta institución.
El horario laboral establecido en la resolución 039-2021 para toda la Administración Pública, se mantiene sin variaciones desde las 8:00 de la mañana hasta las 4:00 de la tarde.
El licenciado Darío Castillo Lugo, titular de la institución, recordó que la resolución número 100-2021 del 27 de mayo, regula el teletrabajo en el Gran Santo Domingo ante el rebrote de la COVID-19, estableciendo diferentes modalidades, como son el teletrabajo total, el intermitente y las jornadas de labor recortadas y diferenciadas.
“La resolución 100-2021 dispone que las instituciones públicas, de acuerdo a sus condiciones institucionales y la naturaleza de sus servicios, se acogerán a cualesquiera de las modalidades descritas, que pudiera ser en forma combinada, y que son estas las encargadas de comunicar a sus servidores públicos cómo se aplicarán estas medidas, a través de sus Oficinas de Recursos Humanos”, expresó el licenciado Castillo Lugo.
Asimismo, Castillo Lugo aclaró que el personal del Gran Santo Domingo que padece de algunas de las enfermedades que son calificadas de alto riesgo (en condiciones graves o crónicas), así como las embarazadas y el personal mayor de 65 años que se menciona en la resolución 039-2021, deben permanecer en la modalidad de teletrabajo total.
El MAP reiteró que en los casos en que sea necesario y posible, las autoridades facilitarán los medios para que los servidores puedan teletrabajar de forma eficiente, y que es responsabilidad de los supervisores dar seguimiento estricto a las labores de los colaboradores bajo su supervisión, a fin de asegurar el logro de los resultados y mantener los niveles necesarios de productividad.
“Los titulares de los órganos y entes públicos, a través de sus Oficinas de Recursos Humanos, deben facilitar los permisos necesarios a sus colaboradores para que procedan a vacunarse, de acuerdo a las facilidades y los protocolos establecidos por el Gabinete de Salud”, informó Castillo Lugo.
Medidas para el resto de la Administración Pública
Por otra parte, el ministro Castillo Lugo indicó que para el resto de la Administración Pública, continúan vigentes y aplican las disposiciones establecidas en la resolución 039-2021 de fecha 19 de marzo de 2021.
Se recuerda que dicha resolución, basada en el decreto 174-21, restableció la jornada laboral en el sector público hasta las cuatro de la tarde y dispuso la reincorporación del 60% de los servidores públicos a las instituciones, en la modalidad presencial, así como la modalidad del teletrabajo para el 40% de la plantilla de empleados no esenciales para la actividad del Estado.
La misma establece que permanecen en teletrabajo los colaboradores que sobrepasan los 65 años de edad, las embarazadas, y los que padezcan enfermedades, en condiciones graves o crónicas, calificadas de alto riesgo, como son: cáncer, asma moderado o crónico, enfermedad renal crónica, diabetes mellitus tipo 2, y afecciones cardíacas graves.
Asimismo, las personas inmunodeprimidas (con sistema inmunitario debilitado), a causa de trasplante de médula ósea o de órganos, VIH, el uso de corticoides o de otros medicamentos que debilitan el sistema inmunitario, o con cualquier otra enfermedad que las autoridades sanitarias consideren.
Medidas para el sector salud
El ministro de Administración Pública también reiteró que permanece vigente para todo el país, la resolución 055-2021 emitida por el MAP, el 9 de abril de este año, a través de la cual ese Ministerio ordenó el reintegro de todo el personal del sector salud a sus puestos de trabajo a partir del lunes 12 de abril del año 2021, debido a los avances del programa nacional de vacunación “Vacúnate RD”.
“El personal de salud es un personal esencial en medio de la crisis de la COVID-19”, indicó el ministro Castillo Lugo.
Especificó que las embarazadas del sector salud se mantienen en teletrabajo, debido a la vulnerabilidad y el riesgo que supone la presencia de ese personal en los centros de labores por la incidencia de la COVID-19, porque no han sido vacunadas, con lo cual se excluye este recurso humano de lo dispuesto en la resolución 55-2021, de acuerdo a la aclaración publicada por el MAP.