Cámara de Diputados evalúa otra vez ternas para escoger al Defensor del Pueblo

Cámara de Diputados evalúa otra vez ternas para escoger al Defensor del Pueblo

La Cámara de Diputados de la República Dominicana, evalúa este miércoles, otra vez, las ternas para escoger al Defensor del Pueblo, una decisión que se ha prolongado bastante, ya que hace dos años el país debió tener un nuevo Defensor del Pueblo.

El retraso ha sido producto de las paralizaciones y los tranques para elegir a este nuevo funcionario por parte de los legisladores, aún no se tiene estipulado quién ocupará esta posición pública.

Al llegar un nuevo tren de diputados al Congreso Nacional se priorizó el proceso de elección que, aunque lento y rezagado en su momento, siempre estuvo en la carpeta de los diputados y para ello se realizaron entrevistas y evaluaciones a más de 90 aspirantes que se depuraron para conocer las ternas que encabezaron Fidel Santana, Pablo Ulloa y Henry Merán.

Cabe destacar que el el día de ayer, la Cámara Baja trató sobre el informe con las ternas de los postulantes a adjuntos de Defensor del Pueblo, paso que sería fundamental para la integración del organismo.

La institución


El Defensor del Pueblo ha tenido poca notoriedad mediática desde la designación de su primer y único incumbente elegido en el año 2013, Zoila Martínez. En los últimos cuatro años al Defensor del Pueblo se le ha asignado en presupuesto RD$645 millones, de los cuales el 86% fue destinado a pago de remuneraciones y la contratación de servicios.

En ese mismo período, y según el registro de estadísticas institucionales, han recibido 1,853 reclamaciones de la ciudadanía y concedió 2,136 respuestas a solicitudes de intervención.

Entre ellos figuran exoneraciones, demandas por negligencia médica, reinscripción de alumnos suspendidos, retiro de permiso de operación a negocios de bebidas alcohólicas por alteración del orden público y pago de prestaciones laborales a empleados cancelados.

La figura de un Defensor del Pueblo fue concebida a raíz de la promulgación de la Ley 19-01. Esta fue modificada parcialmente en la Ley 367-09 e instituido en la modificación Constitucional del año 2010.

La función es salvaguardar derechos fundamentales frente a acciones ilegales o arbitrarias.

Discrepancias

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La Ley 367-09 establece que al titular de la Defensoría del Pueblo le acompañarán dos adjuntos con atribuciones y responsabilidades similares.
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El artículo 83, de la Constitución del 2010 habla de no más de cinco adjuntos, dando paso a que se escojan hasta esa cantidad además de los suplentes.