Santo Domingo.- El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), Servio Tulio Castaños Guzmán, consideró que el próximo Defensor del Pueblo tiene que ser el postulante que mayor calificación obtuvo en la evaluación de la Cámara de Diputados.
“Yo creo que en esta ocasión no”, respondió a la pregunta de si en el Senado se atreverán a escoger un dirigente político como titular del órgano constitucional extra poder.
“Se abrió un proceso de evaluación, y hubo uno que sacó la mejor nota. Fue el mejor evaluado”, insistió.
La alusión es a Pablo Ulloa, quien inicialmente, pese a obtener la máxima puntuación en la evaluación, 97.44% de 100, fue colocado en terna de adjunto para Defensor, y por presión social, puesto en la terna para titular.
“Si nosotros diseñamos un mecanismo…porque si no, que no pongan a la gente relajo con eso, no hay derecho a desconsiderar a los demás, sobre todo a aquellos que pasan la prueba. Ahí hubo uno que sacó la mejor nota, y todo el mundo sabe quién es”, sostuvo.
Castaños Guzmán respondió a la pregunta de que de los tres candidatos al Defensor del Pueblo hay dos dirigentes políticos de larga trayectoria, Henry Merán y Fidel Santana.
Como parte de esa señal de cambio, recordó la reciente selección de los miembros de la Cámara de Cuentas, y anteriormente de los integrantes de la Junta Central Electoral (JCE).
“Uno está viendo por donde va esto, esa es la realidad”, agregó.
El ejecutivo de la FINJUS dijo que los dirigentes de partidos políticos tienen que entender que la democracia no se construye sobre la base el ejercicio de la política, que hay un componente más relevante, la participación de la ciudadanía.
El jurista fue entrevistado por Pablo Mckinney en su programa Mckinney, que se trasmite los sábados a las 11:00 de la noche por Color Visión, Canal 9.
El nuevo Defensor del Pueblo debió escogerse hace más de un año y medio.
Hace unos días la Cámara de Diputados eligió ternas para titular, adjuntos y suplentes. El Senado le devolvió a ese hemiciclo la aprobación para una precisión en la cantidad de adjuntos. Es el Senado que tiene la responsabilidad de elegir el Defensor, adjuntos y suplentes.
El artículo 11 de la Ley 19-01 establece que el Defensor del Pueblo no podrá pertenecer a partido político alguno, ni participar en actividades de carácter político partidario. Asimismo deberá renunciar a cualquier actividad remunerativa, excepto la docencia.