SANTO DOMINGO.- La ley prohíbe emitir certificados sobre antecedentes penales a personas menores de edad, amparado en el interés superior de la protección de los niños, niñas y adolescentes, recordó la Procuraduría General de la República.
En ese orden, informó a las instituciones que requieren de este documento para cualquier trámite que a partir del 1 de mayo próximo no emitirá ninguna certificación en este sentido, de acuerdo con lo que establece la Ley 136-03, del 7 de agosto de 2003, que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
“La persona adolescente tiene derecho a que su intimidad y la de su familia sean respetadas; los datos relativos a hechos cometidos por ellos o ellas son confidenciales. Consecuentemente, no puede ser objeto de publicación ningún dato que, directa o indirectamente, posibilite su identidad”, reza el artículo 231 de la citada norma.
Hasta el momento, el organismo ha emitido, a través de la secretaría general del Ministerio Público, una carta constancia sin el nombre de la persona solicitante, en la que advierte que dicha certificación no procede. En lo adelante, toda solicitud de certificado de buena conducta será declinada de forma automática.
La secretaria general del Ministerio Público, Gladys Sánchez Richiez, expresó al respecto: “Sabemos que las instituciones que nos solicitan este servicio no son conscientes de que al requerirlo están violentando una norma, por lo que expresamos la necesidad de que todos velemos por el respeto a los derechos de niños, niñas y adolescentes, consagrados en nuestra legislación”.
Entre enero y principios de febrero, la institución recibió 90 solicitudes de certificación de buena conducta para menores de edad, 70 de ellas para fines migratorios, requeridas por consulados de países que tienen relaciones diplomáticas con República Dominicana.
El resto proviene de universidades, las ramas del Ministerio de Defensa y otras instituciones.