FINJUS aporta consideraciones al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana

FINJUS aporta consideraciones al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana

La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS) compartió con el Ministro de Interior y Policía, Jesús Vásquez Martínez, algunas consideraciones respecto al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana presentado desde el Poder Ejecutivo conjunto al Ministerio de Interior y Policía.

A través de una misiva FINJUS expresó su deseo de contribuir al fortalecimiento del marco institucional de los diversos organismos que interactúan mediante la construcción de un Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.

“FINJUS valora la iniciativa de este Plan Nacional propuesto desde el Poder Ejecutivo, que promueve políticas públicas orientadas a dotar de respuestas integrales a los retos complejos que plantea inseguridad al país.
Una visión general del Plan presentado permite verificar que su enfoque refiere al fortalecimiento del marco institucional de los diversos organismos que interactúan mediante la construcción de un Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana”, manifestaron.

Entre los puntos a considerar resaltaron la importancia de la viabilidad de uno de los componentes del Plan presentado: el desarme de la población mediante un programa de recompras de armas ilegales en manos civiles.

“Antes de ello, vale destacar que el referido plan de desarme parecería tener sustento jurídico en virtud del artículo 95 de la Ley No. 631-16, del 2 de agosto de 2016, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados que dispone la facultad de establecer programas de recolección de armos al indicar que: “(…) El Ministerio de Interior y Policía (MIP) establecerá un mecanismo periódico para la recolección de armas en manos de la población civil. Las personas que, en el marco de este mecanismo, voluntariamente entreguen al MIP armas de fuego, municiones, partes o accesorios en su posesión según las especificaciones establecidas previamente y aún sin licencia, serán inimputables por porte o tenencia ilegal de armas de fuego según los términos definidos en la presente ley.”

Sostiene que a pesar de la facultad legal que otorga la norma referida, quedan cuestiones a verificar. Una de ellas refiere a la realidad material de que una parte considerable de los crímenes y delitos cometidos a mano armada dentro del territorio nacional, ha sido con la utilización de armas ilegales; en ese sentido, parecería fácil utilizar el referido programa para dar apariencias de licitud a la prueba por excelencia de la comisión de determinado delito.

Dicen que conviene verificar y socializar nueva vez el contenido del plan de seguridad ciudadana, específicamente lo relativo al programa de desarme y recuperación de armas ilegales, a fin de evitar contradicciones o que, el planteamiento esbozado no colide con normas del ordenamiento jurídico penal.

Finalizaron acotando que valoran positivamente el compromiso del trabajo de la gestión del Ministerio de Interior y Policía de dar curso a estas iniciativas que incidirán positivamente en la necesaria reducción de los niveles de la violencia y criminalidad de la Republica Dominicana y agradecemos muy sinceramente su atención a estas reflexiones.