La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS) exhortó a los diputados del Congreso Nacional a revisar “la propuesta de no aplicación de circunstancias atenuantes perturbaciones psíquicas parciales diagnosticadas y excusas legales- en materia de violencia de género y otras infracciones afines”, del proyecto del nuevo Código Penal.
A juicio de FINJUS “esto pudiese desvirtuar la finalidad de la pena en todo sistema de Derecho Penal, pues estaría retrotrayendo la normativa penal dominicana a la época anterior a la codificación napoleónica de principios del siglo XIX”.
Así lo dio a conocer la institución mediante una carta enviada al presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco Osoria y al presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados del Congreso Nacional, Alexis Jiménez, donde saluda la decisión del Poder Ejecutivo de conformar una comisión de expertos de carácter consultivo que apoye el trabajo que está realizando desde el Congreso, para lograr el proyecto de Código Penal, que responda a las necesidades jurídico-sociales de esa naturaleza.
En la carta enviada este jueves 04 de febrero FINJUS expresó que ” desde FINJUS reiteramos el compromiso de continuar aportando al debate de este proyecto de Código Penal, el cual hemos asumido desde hace años, con el inicio de los trabajos de reforma del sistema de justicia dominicano”.
En atención a esto, FINJUS compartió reflexiones que han surgido del análisis sometido a la más reciente versión del proyecto del nuevo Código Penal, que circula para la discusión y que según tiene “algunas inclusiones realizadas que nos han producido preocupaciones, respecto a las cuales entendemos que desnaturalizarían algunos principios e institutos universales del Derecho Penal, riñendo incluso en algunos casos con la Constitución de la República, y que en definitiva , harían menos eficiente la persecución penal”.
Estas son las inclusiones a las que se refiere FINJUS:
- Se verifica que, en algunos de los nuevos tipos penales, se pretende prácticamente igualar la pena del autor del delito con la de sus cómplices, lo que, desde el punto de vista punitivo, desnaturaliza el nuevo régimen de autoría y participación que se había incorporado en los proyectos de nuevo Código Penal aprobados en 2014 y 2018.
- Observamos también que se intenta eliminar la simultaneidad y proporcionalidad para configurar la presunción de la legítima defensa, la cual dejaría de existir como tal, y con ello las graves consecuencias que acarrearía prescindir de una causa de justificación que existe en todos los códigos penales modernos disminuyendo así la protección de los bienes jurídicos importantes como la vida y la integridad personal que requieren de su existencia como salvaguarda.
- De igual manera, se pretende incorporar una modalidad del cuestionado instituto penal norteamericano de “los tres golpes” (Three strikes), pretendiendo que el juez imponga de manera obligatoria la prisión preventiva cuando el imputado ha sido sometido a la justicia por tercera vez, sin reparar en que se haya verificado condena alguna.
- Conviene revisar la propuesta de no aplicación de circunstancias atenuantes perturbaciones psíquicas parciales diagnosticadas y excusas legales- en materia de violencia de género y otras infracciones afines. Esto pudiese desvirtuar la finalidad de la pena en todo sistema de Derecho Penal, pues estaría retrotrayendo la normativa penal dominicana a la época anterior a la codificación napoleónica de principios del siglo XIX.