La Dirección General de Aduanas (DGA) y el Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil (CESAC), firmaron un acuerdo con el objetivo de fortalecer el conocimiento de los empleados en materia de control y seguridad aeroportuaria.
El convenio fue firmado por el titular de la DGA, Eduardo Sanz Lovatón y el General de Brigada Técnico de Aviación (FARD), Carlos R. Febrillet, director general del Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuario y de la Aviación Civil (CESAC).
El titular de la DGA dijo que “este convenio es fundamental para Aduanas, porque nos convoca a promover la capacitación de nuestros equipos técnicos, a una colaboración logística y tecnológica”.
Aseguró que el trabajo de la dirección que dirige no se puede realizar sin el apoyo del CESAC, a través de la labor de sus miembros que logran enfrentar los ilícitos, el contrabando y las malas prácticas que muchas veces se dan en los aeropuertos de la nación.
De su lado, el director general del CESAC afirmó que este pacto viene a fortalecer ambas instituciones en tres áreas fundamentales: capacitación y entrenamiento, a nivel tecnológico y de seguridad a través de videovigilancia y contra ataque de ciberseguridad.
El acuerdo también contempla que los empleados que laboran en los diferentes aeropuertos del país recibirán cada doce (12) meses actualización y retroalimentación en torno a las diferentes labores que llevarán a cabo en las diferentes terminales del país.
Tanto la DGA como el CESAC se comprometen a impartir conferencias, diplomados, cursos y talleres al personal designado a través de un Programa de Capacitación Anual que se desarrollará un cronograma sujeto a la disponibilidad de las dos instituciones.
En los casos de analistas de imágenes de los equipos de Máquinas Rayos X, recibirán capacitación teórica y práctica del CESAC a través de la Escuela de Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil (ESAC), Centro Regional de Instrucción en Seguridad de la Organización de Aviación Civil Internacional, además de una certificación por sus calificaciones.
El convenio establece un cronograma de las reuniones de trabajo que deberá ser realizado en un plazo no mayor de noventa (90) días o conforme a la necesidad de la ejecución de los temas pendientes.