Consejo del Poder Judicial aprueba protocolo de actuación para entrevistas forenses a víctimas y testigos en condiciones de vulnerabilidad

Consejo del Poder Judicial aprueba protocolo de actuación para entrevistas forenses a víctimas y testigos en condiciones de vulnerabilidad

El Consejo del Poder Judicial (CPJ) aprobó el Protocolo de actuación para entrevistas forenses a víctimas y testigos en condiciones de vulnerabilidad y la Guía de servicios que regirá para las diferentes modalidades de los centros de entrevista.  

El propósito del protocolo y la guía, documentos que fueron sometidos por el CPJ a un espacio de consultas públicas, es establecer la modalidad de servicios y pautas mínimas para tomar testimonios a niños, niñas y adolescentes, mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, doméstica y de género, así como otras personas en condición de vulnerabilidad, víctimas o testigos de delitos, a través de la modalidad virtual, protegiendo su integridad y evitar la victimización secundaria.  

En el proceso de consulta participaron actores del  sistema de justicia penal, como el Ministerio Público y la Defensa Pública, así como instituciones que trabajan con grupos vulnerables, entre ellos el Ministerio de la Mujer, Consejo Nacional de la Niñez (Conani), Consejo Nacional de Discapacidad (Conadis), Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE), organizaciones no gubernamentales, así como organismos internacionales, tales como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF, siglas en inglés), el Fondo de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), a través del proyecto “Ser LGBTI”, Organización Internacional para las Migraciones (OIM), entre otras.    

El protocolo ha sido elaborado para facilitar el marco operacional para la obtención de las declaraciones de personas en condición de vulnerabilidad, víctimas o testigos de un proceso judicial a través de una entrevista única que se convierte en elemento probatorio levantada bajo el marco del respeto a los derechos humanos de cada parte interviniente.   

Asimismo, busca unificar los mecanismos de acceso a la justicia, reducir la victimización secundaria, garantizando el pleno respeto de sus derechos y la tutela del derecho de defensa de las demás partes que intervienen en los procesos judiciales.   

También ofrece una respuesta a los desafíos y limitaciones que marca la pandemia del COVID 19 y en el largo plazo se enmarca en las transformaciones del sistema de justicia que contiene el plan estratégico Visión Justicia 20/24.  

Fue reformado para ajustarse a los parámetros establecidos en la sentencia del Tribunal Constitucional 0919/18, de 2018, y para que respondiera desde los mecanismos de la virtualidad al impacto de la pandemia del COVID-19 en el país.  

El Protocolo establece que los entrevistados en sede judicial sea a través de Cámara Gesell, circuito cerrado de televisión u otro medio tecnológico, gozarán de una serie de garantías procesales, como son el principio de accesibilidad, dignidad humana e inalienabilidad de los derechos humanos, igualdad, no discriminación, interés superior del niño, no revictimización, privacidad, confidencialidad y bienestar de las personas que acceden a la justicia.  

Durante la entrevista forense, el juez o jueza debe mantener la solemnidad de la entrevista virtual tal como se realiza en la presencialidad, garantizar la tutela judicial efectiva, siendo un hecho importante que debe comunicar a las partes en el proceso que comparezcan a la entrevista la prohibición de grabar, reproducir, tomar imágenes o cualquier otro mecanismo que reproduzca parcial o totalmente la entrevista.  

Mientras que la guía operativa contempla que las entrevistas se realizarán en dos modalidades, estas son, modalidad virtual mixta y modalidad virtual completa.  Para más detalles del Protocolo de actuación para la Entrevistas Forenses a Víctimas y Testigos en Condición de Vulnerabilidad en Modalidad Virtual y de la Guía de operatividad se puede consultar en el sitio oficial del Poder Judicial https://bit.ly/3guAFu4