TC deja en estado de fallo 10 expedientes de acción directa de inconstitucionalidad

TC deja en estado de fallo 10 expedientes de acción directa de inconstitucionalidad

Durante la audiencia pública virtual, el magistrado Milton Ray Guevara llamó a los dominicanos a acatar las medidas dadas por las autoridades para refrenar los efectos de la pandemia en el país. #RCNoticias

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró este martes en estado de fallo 10 expedientes de acción directa de inconstitucionalidad, durante una audiencia pública virtual en la que el presidente del órgano jurisdiccional, doctor Milton Ray Guevara, llamó a la sociedad dominicana a ejercer la responsabilidad ciudadana y cumplir con su deber constitucional.

“Esta Presidencia del Tribunal Constitucional, haciéndose eco de los sentimientos de los magistrados que conforman nuestro Pleno y de todos los servidores constitucionales, quiere expresar en este momento su solidaridad con todos aquellos dominicanos y dominicanas y las familias que hayan sido o estén afectadas por la pandemia que padecemos en estos momentos”, dijo el magistrado Ray Guevara.

En la audiencia, celebrada con la participación del Pleno de magistrados y magistradas que integran el TC, quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0019, en el que los accionantes Alberto Antonio Toribio Alcéquiez y Emilia José Bautista Recio atacaron el artículo 151 de la Ley núm. 76-02, que establece el Código Procesal Penal de la República Dominicana, del 19 de julio de 2002.

Asimismo, quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0020, en el que Edwin I. Grandel Capellán atacó el artículo 81 de la Ley núm. 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, del 9 de agosto del 2018; el artículo 281 de la Ley núm. 15-19, Orgánica del Régimen Electoral, del 18 de febrero de 2019; entre otros.

El órgano jurisdiccional dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0021, que tuvo como accionantes a Manuel de Jesús Almonte Polanco y Newton Francisco Brito Núñez objetando el artículo 167 de la Ley núm. 189-11, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana del 16 de julio del año 2011. 

También se dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0028, que tuvo como accionante a la Administradora de Fondos de Pensiones Popular, S.A. contra los artículos 47 y 60 de la Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, del 9 de mayo de 2001. 

Finalmente, el Pleno del TC declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0029, mediante el cual el Partido Revolucionario Moderno (PRM) ataca la Resolución núm. 67-20, emitida por el Congreso Nacional el 12 de junio de 2020, que autoriza al Presidente de la República a prorrogar, hasta por un plazo máximo de 17 días, el estado de emergencia en todo el territorio nacional, declarado en el Decreto presidencial núm. 134-20, del 19 de marzo de 2020; y los decretos 213-20 y 214-20, emitidos por el presidente de la República el 12 de junio de 2020.