Los establecimientos de venta de alimentos y bebidas alcohólicas, (colmados, cafetería, drink store), así como restaurantes, deberán operar de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche, por disposición del Ministerio de Salud Pública.
El ministro Rafael Sánchez Cárdenas explicó que los restaurantes y colmados podrán realizar entregas a domicilio hasta las 9:00 de la noche, además deben cumplirse las medidas para asegurar el distanciamiento físico en establecimientos y lugares cerrados de acceso al público.
La resolución emitida este miércoles por el Ministerio de Salud Pública, advierte que serán cerrados los que no cumplan esas disposiciones que buscan frenar la propagación del coronavirus.