La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales emitió hoy la Resolución Administrativa 233-2020, mediante la cual incluyó la cobertura de las pruebas de RT PCR para detección del COVID-19, para pacientes en preparación para la realización de cirugías electivas, incluidas las cirugías odontológicas, y procedimientos médicos invasivos.
Estas coberturas abarcan, además de las cirugías, las endoscopias, colonoscopias, extracción de cuerpo extraño, colocación de stent, entre otros procedimientos, que no sean postergables, es decir con urgencia relativa; así como para las personas ingresadas en sala general o Cuidados Intensivos, con cualquier enfermedad cuya evolución pueda verse comprometida ante la presencia de COVID-19.
Igualmente, se incluyó la cobertura de estas pruebas para personas que requieran recibir Quimioterapia, Inmunoterapia, Radioterapia u otras relacionadas a una enfermedad de carácter benigno o maligno, cuyo tratamiento pueda aumentar su morbi-mortalidad, en asociación con el COVID-19.
Así mismo, tienen acceso las mujeres ingresadas para labor de parto, aborto en curso, cesáreas programadas o de emergencia y al recién nacido cuando corresponda, según criterio médico.
Estas disposiciones procuran incrementar la seguridad para los pacientes y para el personal, y su importancia se incrementa, en la medida que progresivamente se van reactivando los servicios de salud, públicos y privados, en el contexto de las disposiciones de la Comisión de Alto Nivel para avanzar hacia una nueva cotidianidad, mientras haya aun circulación del virus SARS COV-2 en el país.
La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales reconoce y agradece la contribución de las Sociedades Médicas Especializadas y del Colegio Médico Dominicano, en la consideración científico técnica de este tema.
El procedimiento para la cobertura por el Sistema Dominicano de Seguridad Social será similar al que ha estado vigente a partir de la Resolución 229-2020 y que ya ha permitido otorgar 83,287 autorizaciones.
Las personas interesadas deben solicitar la cita al laboratorio de su preferencia, autorizado por el Ministerio de Salud Pública, con la prescripción del médico tratante. El laboratorio cobrará a la ARS que corresponda. Si no estuviera afiliado al Seguro Familiar de Salud, el laboratorio cobrará al SENASA.
La SISALRIL recordó que el Sistema Dominicano de Seguridad Social está dando cobertura de estas pruebas de RT PCR tanto para personas afiliadas como no afiliadas al Seguro Familiar de Salud, y que no debe cobrarse a los ciudadanos por la realización de dichas pruebas, siempre que hayan sido indicadas según los criterios establecidos por el Ministerio de Salud Pública, o sean necesarias en función de la salud de las personas según la Resolución 233-2020.
Las únicas pruebas RT PCR para SARS COV- 2 excluidas de cobertura, son las realizadas por voluntad propia de las personas o de sus empleadores para reincorporación al trabajo presencial, sin que se cumplan los criterios definidos por el Ministerio de Salud Pública y en esta nueva Resolución de la SISALRIL.
Estas disposiciones transitorias estarán vigentes mientras perdure la situación epidemiológica actual en el país.