Tres juristas y un académico se opusieron a la idea planteada por Emmanuel Esquea Guerrera y varios accionantes en un recurso de inconstitucionalidad para que, en caso de que no haya cambio de mando el próximo 16 de agosto, el presidente de la Junta Central Electoral (JCE) asuma el gobierno y convoque a elecciones.
Namphi Rodríguez, Cristina Aguiar, Freddy Ángel Castro y José Jonhhy Marte Valoy replicaron la tesis de Esquea Guerrero mediante el depósito de un recurso de contestación ante el Tribunal Constitucional.
Los académicos suscribieron una intervención voluntaria en la que advierten que acoger una propuesta como esa implicaría violar la Constitución, que en su artículo 4 establece el principio de separación de funciones de los poderes y órganos constitucionales.
Expusieron que las atribuciones de cada poder del Estado son indelegables por mandato de la Constitución y dijeron que bajo ninguna circunstancia un órgano constitucional autónomo como la JCE puede ejercer potestades de uno de los tres poderes públicos.
En mayo pasado, Esquea Guerrero y un grupo de juristas depositaron ante el Tribunal Constitucional una acción directa de inconstitucionalidad por omisión contra la Ley 15-19, de Régimen Electoral, por no prever el caso fortuito de que no se produzca cambio de mando al final del período constitucional.
Namphi Rodríguez, abogado constitucionalista y quien sirvió de vocero al grupo de académicos, dijo que en el escrito depositado ante el TC defienden el principio de que el período constitucional actual concluye el próximo 16 de agosto y que si se presentare cualquier eventualidad, el Tribunal Constitucional debe ordenar por sentencia exhortativa que sea el liderazgo político el que mediante el consenso llegue a una solución.
“Esa eventualidad se aleja con las elecciones del próximo cinco de julio, pero, si acontece un evento imprevisto, cualquier bajadero se debe buscar respetando la Constitución”, dijo.
De su lado, la diplomática y abogada Cristina Aguiar y el politólogo Freddy Ángel Castro fueron enfáticos al considerar que no existe la posibilidad de que el presidente de la JCE asuma la Presidencia de la República de forma provisional porque ello no está contemplado en la Constitución.