Telefónicas podrán suspender contratos

Telefónicas podrán suspender contratos

El Instituto Nacional de las Telecomunicaciones (INDOTEL) autorizó que, a partir de mañana martes 26 de mayo, las compañías telefónicas puedan suspender servicios a sus clientes por falta de pago.

Se recuerda que, debido a la declaratoria de Estado de Emergencia, el Indotel, emitió el pasado 24 de marzo la resolución PRE-002-2020, para que los servicios fueran garantizados. Luego al extenderse el periodo de emergencia, emitió la PRE-003-2020.

Estas resoluciones que prohibían a las prestadoras de servicio, cobrar cargo por mora o suspensión de contratos. Quedan a partir de mañana, extintas, según la resolución PRE-004-2020.

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