Santo Domingo.- La Junta Central Electoral (JCE) informó este domingo que la Sentencia Núm. 0030-03-2020-SSEN-00090, emitida por el Tribunal Superior Administrativo (TSA) determinó que este organismo actuó de conformidad con la ley en sus Resoluciones No. 34/2019 y 35/2019, ambas dictadas en fecha 10 y 17 de diciembre del 2019.
Dicha Sentencia explicó que, “al no verificarse quebrantamiento alguno a precedente administrativo, no procede referirse a supuestas violaciones de los principios de seguridad jurídica y confianza legítima sustentados sobre dicho argumento.
En tal sentido, la referida resolución rechazó el recurso contencioso administrativo incoado por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) contra las Resoluciones N0. 34/2019 y 35/2019, dictadas por la JCE, por considerar que “dichas decisiones se encuentran debidamente fundamentadas en derecho y que se cumplió con el procedimiento de ley correspondiente”.
Se recuerda que este dictamen estableció como criterio para la determinación del orden de los partidos, entre otros, “la sumatoria de los votos válidos obtenidos de manera individual por cada partido político en los niveles presidencial, congresual y municipal de las pasadas elecciones ordinarias generales que fueron celebradas el 15 de mayo del año 2016”.