El consejo de la defensa de Liliana Santana recurrió en casación ante la Suprema Corte de Justicia la decisión de la segunda sala penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo Este que revocó el No Ha Lugar dictado en favor de Liliana Santana en mayo del 2018 y emitió un Auto de Apertura a Juicio en su contra y de los imputados principales Darwin Trinidad Infante y Juan Cabral Martínez.
Trinidad Infante y Cabral Martínez ya fueron juzgados y condenados en febrero del 2019 a 30 años de prisión porque fueron encontrados culpables del secuestro y muerte de Carla Massiel en agosto de 2015, en un largo proceso que estuvo a cargo de la jueza Hilda Sánchez.
La corte de apelación que decidió enviar a juicio a Liliana Santana estuvo integrada por Marcia Raquel Polanco, Wendy Altagracia Santana Valdez y Manuel Hernández Victoria, quien tuvo un voto disidente.
Luis Rivas, abogado principal de Liliana Santana dijo “es una locura judicial porque ahora por los mismos hechos volverán a ser juzgados quienes fueron encontrados culpables y condenados a 30 años de prisión, algo insólito y violatorio de preceptos constitucionales”.
Destacó que en cuanto a Liliana Santana, se violaron sus derechos de tutela judicial y de defensa, porque la Corte ignoró todas las pruebas presentadas en su favor tanto por sus abogados, como por el Ministerio Público, las cuales la exoneran y demuestran que no tuvo ningún vínculo con ese caso.
Esta decisión equivocada del tribunal, de excluir las pruebas que exoneran a Liliana Santana, la dejan en un estado de indefensión y, además, la corte violó el principio de obligación de estatuir al no decidir planteamientos formulados por la defendida.
Rivas citó la evaluación siquiátrica del imputado principal Darwin Trinidad Infante, que demostró que es un mitómano, y fue quien inventó la historia para involucrar a Liliana Santana en los hechos, una persona a la que sólo conocía de nombre como quedó demostrado en el tribunal.
En su favor, dijo Rivas, están los testimonios de muchas personas, en el juicio, las pruebas periciales y la amplia investigación que realizó el Ministerio Público en este caso, que cubrió todos los aspectos.
Para revocar el No Ha Lugar, explicó, la Corte de Apelación se fundamentó en la declaración de Darwin Trinidad Infante, encontrado culpable, a pesar de que ninguna de las pruebas manejadas confirma el relato con el cual pretende inculpar a Liliana Santana; y las declaraciones de coimputados no tienen valor si no pueden corroborarse con otras pruebas.
Rivas dijo que un hecho que confirmó la condición de mitómano fue cuando dijo que tenía en su celular fotos de una persona muerta a la que en la clínica del doctor Santana, padre de Liliana Santana, le habían sacados los órganos para venderlos. “Cuando Fiscalía investigó, era una fotografía sacada de Internet que ni siquiera fue tomada en República Dominicana”.
La versión original ofrecida por Trinidad sobre el crimen de Carla Massiel fue que cometió el hecho por encargo del doctor Santana, porque se usarían sus órganos para ser trasplantados a su cuerpo, y luego cuando se enteró de que Santana había fallecido se enfocó en su hija Liliana. La familia autorizó al Ministerio Público a realizar una autopsia a su cadáver y esta demostró que no hubo trasplante alguno y se trataba de una historia falsa.
Lo único que se ha esgrimido contra Liliana, dijo Rivas, es el testimonio del comprobado asesino de Carla Massiel, que es la historia inventada por un mitómano, y de la cual no se ha podido comprobar nada, ni existe una prueba, afirmó.