Santo Domingo. – La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS) informó este jueves que ante el curso de los acontecimientos del proceso de evaluación de los miembros de la Suprema Corte de Justicia a cargo del Consejo Nacional de la Magistratura y la selección de los nuevos magistrados, reitera su posición de que esta tarea debe ser realizada con estricto apego a los principios constitucionales, legales y reglamentarios que están en la base del mandato del CNM.
Agregaron además que la inobservancia de esos principios podrían convertirse en factores que produzcan un gran menoscabo de la legitimidad social de esa elección y una afectación a la seguridad jurídica.
La información está contenida en el siguiente comunicado:
Los acontecimientos que se han desencadenado en el CNM tras la sesión del lunes 4 de marzo pasado, tras la interpelación de la Magistrada Miriam Germán por parte del Magistrado Procurador General de la República, en presencia de todos los miembros de dicho Consejo, han generado una serie de preocupaciones en amplios sectores de la sociedad y la comunidad jurídica.
FINJUS se siente en el deber de analizar los fundamentos jurídicos de la situación abierta como una contribución para despejar las dudas sobre la importancia del debido proceso en la elección de esta Alta Corte, como parte esencial del Estado de derecho.
La calidad de los procesos de Conformación de las Altas Cortes
FINJUS ha sido coherente en su apuesta por el fortalecimiento de la calidad institucional de los procesos de conformación de las Altas Cortes, por parte del CNM, promoviendo la realización de evaluaciones integrales que garanticen un apego irrestricto a los estándares constitucionales y legales.
En el marco de las actuaciones que ha llevado a cabo el CNM para la integración de la Suprema Corte de Justicia, iniciada con la evaluación de desempeño de los jueces que conforman esta Corte, ha sido indicada la necesidad de dar visos de objetividad a la misma mediante una valoración apegada esencialmente a la gestión jurisdiccional de los magistrados, la planificación estratégica en el ámbito de sus respectivas competencias y su desempeño personal.
En este contexto, dentro de las prioridades que FINJUS resalta para que el proceso goce de amplia legitimidad social se destaca el cumplimiento de las garantías del debido proceso en el desarrollo de las evaluaciones. Este principio de supremacía constitucional es uno de los supuestos básicos del sistema democrático y, en consecuencia, constituye un requisito indispensable e innegociable para la realización de un proceso de selección eficaz, eficiente, imparcial y transparente toda vez de que, más allá del ámbito judicial, también irradia toda actuación administrativa.
El rol e importancia del debido proceso en esta evaluación de la SCJ
Precisamente a los fines de garantizar este presupuesto se propuso en el reglamento correspondiente, además del procedimiento para introducir cuestionamientos u objeciones y la obligatoriedad de motivación suficiente de la decisión de selección, la inclusión de una entrevista reservada como mecanismo para resguardar de la intimidad personal, familiar o seguridad del juez evaluado.
La idea de un reglamento con disposiciones claras y acordes al ordenamiento jurídico y a la Constitución supone un proceso de evaluación y de selección que cuente con adecuados niveles de eficacia, eficiencia y transparencia. En este sentido cualquier actuación al margen de las reglas de juego establecidas por parte del órgano evaluador o de quienes lo componen sienta un precedente indeseado. Más aún cuando se trata de procesos que se dan por vez primera como lo es la evaluación de desempeño de los integrantes de la SCJ.
Los referidos preceptos constitucionales y legales suponen el contrapeso esencial a la discrecionalidad de este órgano evaluador. La inobservancia de principios esenciales como las garantías del debido proceso no solo dejan margen a la comisión de arbitrariedades sino que también comprometen de manera grave aspectos fundamentales como la seguridad jurídica, la cual alude al clima de confianza que encuentra sus bases en las pautas razonables de previsibilidad de la norma.
Entendemos que el Consejo Nacional de la Magistratura, como órgano constitucional autónomo encargado de la selección y evaluación de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, tiene un rol institucional que debe asegurar mediante actuaciones que muestren un adecuado funcionamiento del mismo y el apego a los principios constitucionales.
El Consejo Nacional de la Magistratura debe reencauzar el proceso
A la luz de lo planteado anteriormente y visto el curso del proceso de evaluación de los jueces de la SCJ, FINJUS reitera los términos de su declaración del lunes 4 de marzo pasado, donde lamentamos la violación del debido proceso de la Magistrada Miriam Germán Brito y los cuestionamientos a su integridad y trayectoria violando los reglamentos del CNM para esta evaluación de desempeño.
Hoy instamos nuevamente al CNM para que, a la luz de la situación creada, proceda a reencauzar el proceso de evaluación en base a los criterios y principios antes señalados, para lo cual es imprescindible que reconozca públicamente las violaciones cometidas al reglamento 1-19 y de garantías a la sociedad de que situaciones como las que han ocurrido no volverán a presentarse en el futuro inmediato.