JCE prohíbe propaganda, bebidas alcohólicas y armas de fuego 24 horas antes de las elecciones

JCE prohíbe propaganda, bebidas alcohólicas y armas de fuego 24 horas antes de las elecciones

La Junta Central Electoral (JCE) dispuso la prohibición de propaganda, espectáculos, avisos y manifestaciones por radio, televisión y cualquier otro medio, así como la exhibición de armas de fuego y uso de fuerza 24 horas antes de las elecciones del próximo domingo, a fin de ofrecer facilidades a todos los ciudadanos aptos para ejercer el derecho al voto.

La JCE resalta que estas disposiciones sustentada en la Ley Electoral No275-97, que especifica que esta institucional comicial puede tomar todas las medidas que juzgue pertinente para garantizar el éxito de las elecciones, las cuales tienen carácter transitorio.

“En este sentido estamos instruyendo a los miembros titulares de Juntas Electorales y a los presidentes de Colegios Electorales para que, en caso que fuere necesario, hagan uso de las atribuciones que les otorga la ley frente a cualquier persona, medio de comunicación o establecimiento que violente las disposiciones antes citadas, recurriendo al auxilio de la Policía Militar Electoral, en los casos que así lo ameriten”.

Precisa que el artículo 108 prohíbe espectáculos y manifestaciones el día de las elecciones, sea en locales abiertos o cerrados. Además que 24 horas antes a los comicios no se podrás realizar manifestaciones o reuniones públicas de carácter político.

En el curso de esas 24 horas antes de las votaciones se prohíbe también todo tipo de incitación o propaganda electoral por prensa, radio y televisión, avisos, carteles, telones y otros medios similares. La venta de bebida sólo puede llevarse a cabo tres horas después de terminada la votación.

Armas de fuego y uso de fuerza

El artículo 6, literal d de la Ley 275-97 da potestad a la JCE para prohibir la exhibición de armas de fuego y uso de la fuerza durante el proceso electoral.

Además queda prohibida la aglomeración de tropas el día de las elecciones, salvo la de la Policía Militar Electoral indispensables para mantener el orden durante el acto comicial.