La planilla de personal fijo se renovará anualmente y se depositará ante el Departamento de Trabajo a más tardar el día 15 de enero, según lo establecido en el artículo 15 del Reglamento 258-93 para la aplicación del Código de Trabajo.
Este documento debe ser registrado por ante el Ministerio de Trabajo a través de la siguiente dirección electrónica http://sirla.mt.gob.do , recordando que las empresas y establecimientos que hicieron su registro para el año 2015, el Sistema le ha generado una pre-planilla (DGT-3) la cual debe ser completada y actualizada por los empleadores, y una vez estén seguros de que las informaciones contenidas en la planilla están correctas, deberán adquirir un PIN en la Representación Local correspondiente y proceder con el registro definitivo.
Un documento de prensa indica que una vez transcurrido el plazo de los primeros quince días de enero sin que el empleador haya cumplido en este mandato, puede ser susceptible de las sanciones penal laboral contempladas en el Código de Trabajo.