Una nueva denuncia por violencia obstétrica fue resuelta por la ONU contra España. Esta vez, el hecho refiere a un caso ocurrido el 6 de enero de 2009, cuando una mujer identificada como M. ingresó a un hospital de Sevilla para dar a luz. Horas después, como las salas de parto estaban llenas fue llevada al quirófano donde le realizaron una cesárea sin que hubiese necesidad, publicaron medios locales.
Como la Justicia española falló contra la denuncia de la demandante, el caso llegó hasta el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la ONU (CEDAW, por sus siglas en inglés), que determinó que España era responsable de violencia obstétrica, obligando al país a indemnizarla.
El fallo establece que el Estado debe realizar una “reparación plena”, que incluya la indemnización económica “adecuada a los daños de salud física y psicológica sufridos”. Además, insta a garantizar un correcto servicio médico durante el embarazo, el parto y el puerperio, así como proteger a las mujeres del maltrato, la falta de respeto y el abuso durante el parto.
Esta fue la tercera condena del tribunal de la ONU contra España por hechos de violencia obstétrica, luego de los fallos emitidos en julio del año pasado y en marzo de 2020.
Una larga búsqueda de Justicia
En los tribunales españoles, la primera demanda fue un reclamo de responsabilidad patrimonial por mala praxis contra el Hospital Virgen del Rocío de Sevilla. Ante la falta de una respuesta positiva, se presentó ante un juzgado en lo contencioso administrativo, que tampoco avaló su reclamo. Por último, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía consideró que haberles comunicado a ella y a su marido que iban a realizarle una cesárea era suficiente para que la denuncia no avanzara.
Por eso, los afectados elevaron la presentación ante el tribunal de la ONU que finalmente les dio la razón.
“Pérdida de dignidad, abuso y maltrato”
De acuerdo con la resolución del CEDAW, tras varias horas de espera y cuando todo hacía prever que iba a tener un parto normal, M. fue llevada al quirófano. “Su oposición a la intervención quirúrgica habría sido ignorada, trasladándola a quirófano y extrayendo a su hija mediante cesárea”, detalla el texto.
Otra irregularidad que destaca fue que hasta tres personas intentaron aplicarle la anestesia epidural; así como que fue obligada a dilatar acostada y sin moverse, pese a padecer una hernia de hiato cuyos síntomas empeoraron como consecuencia de la postura. “La autora refiere haber solicitado agua en reiteradas ocasiones sin que dicha petición fuese atendida y sin haberle proporcionado una razón para ello”, agrega el fallo.
Por eso, el organismo destacó que el “cúmulo de hechos” ocurridos representan un caso de “violencia obstétrica”. En particular detalló “la pérdida de dignidad, el abuso y el maltrato” sufridos por la mujer, así como “la aplicación irregular de anestesia epidural y la falta de consideración de patologías previas sin el consentimiento informado”. El fallo también refiere a que no fue justificada la “necesidad de dichas intervenciones y la omisión en recabar el consentimiento informado previo a realizar una cesárea”, situaciones que dejaron “secuelas físicas y psicológicas”.
Entre las secuelas, se destaca la “intolerancia a la actividad”, la “debilidad generalizada”, el insomnio y la ansiedad. Además, un perito gineco-obstetra comprobó que las lesiones neuropáticas obedecían a una mala aplicación técnica de la epidural porque “la persona o personas no eran expertas o eran expertas, pero estuvieron desatinadas”.
Por último, la sentencia del CEDAW también cuestiona las resoluciones judiciales previas, por lo que advirtió que los estereotipos de género pueden afectar el derecho de las mujeres a ser protegidas, mientras que advierte a las autoridades que deben tener “especial cautela” en no reproducirlos.