España. La conocida ley del solo sí es sí, es aprobada por el congreso de España. Esta ley es conocida por estar inspirada en las proclamas de las movilizaciones feministas que tomaron las calles después de la sentencia de La Manada, tiene como principal novedad que coloca el consentimiento sexual en el centro de las relaciones personales. A partir de ahí, que lo haya o no es lo que resultará determinante a la hora de perseguir las violaciones y las otras violencias sexuales que vienen recogidas en el proyecto.
La consecuencia más visible en el Código Penal es que se pone fin a la diferenciación entre abuso y agresión sexual. Toda conducta sexual sin consentimiento será considerada agresión y será castigada con un abanico de penas según las circunstancias y los agravantes (violencia, uso de la sumisión química, en grupo).
El proyecto de ley ha logrado un amplio respaldo del Congreso, con el voto a favor del PSOE, Unidas Podemos, ERC, Ciudadanos, PNV, EH Bildu, Más País, Compromís yJunts, entre otros. La votación se ha saldado con 201 votos a favor, 140 en contra y tres abstenciones.
Por su parte, la ministra de Igualdad, Irene Montero, ha celebrado que el movimiento feminista “vuelve a hacer historia” con esta ley y ha subrayado que la norma supone un “paso decisivo para cambiar la cultura sexual” del país, para dejar atrás el “terror sexual”, la “culpa” o el “miedo”.
“Queremos dejar atrás la cultura de la violación y construir una verdadera cultura del consentimiento“, ha recalcado. Algo que, según ha afirmado, se va a conseguir “a pesar” del “ruido reaccionario“, la “extrema derecha” o la “justicia patriarcal“.
EL CONSENTIMIENTO
Es el aspecto fundamental que inspira y vertebra la ley y que servirá para juzgar todos los delitos sexuales. Se puede resumir en el lema “Sólo sí es sí“, que se utilizó en las protestas feministas por el caso de La Manada. Así viene explicado en la ley: “Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”. Es decir, el consentimiento tiene que ser positivo; el silencio, la pasividad o no mostrar oposición no servirán en caso de que haya denuncia por agresión.
FIN A LA DISTINCIÓN ENTRE ABUSO Y AGRESIÓN
Está vinculado al punto anterior y es uno de los asuntos más relevantes de la ley. Se pone fin a la distinción entre abuso y agresión sexual con una reforma del Código Penal que pasará a considerar violación todos los actos sexuales no consentidos por la víctima, que serán castigados con diferentes tipos de penas en función de la gravedad y de las circunstancias. Hasta ahora la distinción se determinaba en función de si concurrían episodios de violencia o intimidación. Cambiar esto era una reivindicación del movimiento feminista.
SISTEMA DE PENAS DE HASTA 15 AÑOS Y AGRAVANTES
El nuevo sistema de penas va desde una multa hasta penas de prisión de 12 años para las violaciones agravadas, y de hasta 15 años cuando concurran dos circunstancias agravantes. Entre los agravantes están, entre otros, las agresiones sexuales cometidas por dos o más personas, el uso de fármacos o drogas para anular la voluntad de la víctima, que la mujer sea pareja o ex pareja (aun sin convivencia) o el uso de la violencia física o armas para amenazar.
MULTA PARA EL PIROPO “INTIMIDATORIO”
Una novedad es la persecución como delito de las expresiones, piropos, comportamientos o proposiciones de carácter sexual “que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria”. Acarrearán multa o trabajos en beneficio de la comunidad o pena de localización permanente. Para eso la persona agraviada tendrá que interponer una denuncia.