El jurado popular que ha juzgado a Ana Julia Quezada no ve ensañamiento en la muerte de Gabriel Cruz, pero sí alevosía. Por unanimidad, ve probado que la acusada mató al niño de ocho años de forma intencionada y súbita. Es, por lo tanto, asesinato, lo que abre la puerta a una condena a prisión permanente revisable.
El jurado se acoge a las tesis de la Fiscalía y no de la acusación particular y, además, la declara culpable de las lesiones psíquicas causadas a los padres, al igual que daños morales. En el caso concreto de la madre, considera que fue vejada, humillada y vilipendiada de forma deliberada.
Por los dos delitos de lesiones psíquicas, la Fiscalía solicita penas individuales de 5 años de cárcel. El jurado no considera probado que Ana Julia estuviera bajo los efectos de medicación ansiolítica que la llevara a ocultar el crimen del niño hasta su detención.
El veredicto ha sido leído con Quezada en la sala, que, sentada junto a sus abogados, se ha mostrado tranquila y sin las lágrimas que ha derramado en varias ocasiones a lo largo del juicio, casi ajena a la condena que el veredicto puede conllevar. La defensa pedía 15 años por homicidio imprudente, pero la acusación por asesinato implica la prisión permanente revisable.
En presencia de Ángel Cruz y Patricia Ramírez, padres del menor, y en audiencia pública, las siete mujeres y dos hombres que integran el jurado han considerado probado por unanimidad que, de acuerdo con los forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) que practicaron la autopsia, «tras el impacto» la acusada «procedió con sus propias manos» a la oclusión de los orificios respiratorios «con fuerza, hasta vencer su resistencia y provocar su fallecimiento» por asfixia mecánica por sofocación, según informa Ep.
El jurado popular ha descartado que Ana Julia Quezada, tal y como ha mantenido la acusación particular ejercida, aumentase de manera deliberada e inhumana el sufrimiento del niño al darle muerte y rechaza que haya pruebas que respalden que le diera «golpes, dejándolo aturdido» entre 45 y 90 minutos para después «taparle la boca y la nariz hasta llevarle a la muerte».
En esta línea, el acta leída en la tarde de este jueves recoge que se ha dado «más veracidad» a «los informes» contenidos en la causa y las «declaraciones» realizadas por los médicos forenses a puerta cerrada ante el tribunal el pasado día 16 y remarca que estos peritos participaron en la autopsia «en primer plano, probando con más exactitud las causas finales» del fallecimiento.
Objeto del veredicto
El jurado recibió ayer miércoles el objeto del veredicto, de 22 páginas y dividido en cinco partes, con diferentes hechos favorables o desfavorables para la acusada. Los primeros necesitan de cinco votos a favor para considerarse probados, los segundos de siete de los nueve votos posibles, y deben ser adecuadamente justificados de acuerdo a las pruebas de la causa.
La magistrada Dodero explicó los diferentes tipos de alevosía en el asesinato, y definió el ensañamiento como un «plus añadido e innecesario, recrearse en el dolor», destacando la cualificación de los médicos forenses que «vieron directamente cada una de las lesiones» y tuvieron ante sí el cadáver de Gabriel, y de los médicos de parte «especializados en salvar vidas» que hicieron su «interpretación» a partir del trabajo de éstos.
Sobre las atenuantes de confesión y arrebato u obcecación para la muerte que alega la defensa, recordó que para que se dé la primera debe haber una cooperación «eficaz y relevante», y no producirse cuando no haya posibilidad de ocultarse ante un «inmediato descubrimiento».
Sobre el arrebato, precisó que debe ser una «conmoción psíquica con mucha carga emocional», no estímulos «»nimios« ante los que una persona actuaría con normalidad» o una reacción «colérica».
Respecto a los delitos de lesiones psíquicas, manifestó que debían valorar si sólo trataba de desviar la atención sobre ella, y sobre el delito contra la integridad moral (que sólo aprecia la acusación), ha reiterado que se trata de infringir un trato «degradante» con un «plus de maldad, un menosprecio y humillación».
Respecto a la atenuante en estos últimos delitos de actuar bajo el efecto de las drogas, que aprecia la defensa, aseguró que debe ser un especialista el que determine la situación en que se encontraba y que es precisamente su abogado quien «tiene la obligación de probarlo».
Un jurado popular formado por siete mujeres y dos hombres
Casi dos horas duró el trámite para elegir al Jurado que ha decidido el destino de Ana Julia. Siete mujeres y dos hombres fueron los elegidos, más otro miembro de cada sexo que actuarán como suplentes. A la preselección anterior se convocó a 36 ciudadanos, de los que cinco alegaron varias razones que les impedían participar en el procedimiento. Para la elección de los nueve miembros y dos suplentes designados finalmente tenían que comparecer un mínimo de 20 personas.
Fuente: ABC