La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía suspendió por un período de 30 días al locutor Alberto Vargas, por utilizar expresiones que violentan el Reglamento 824 que rige dicha entidad.
“Considerando que la radio y la televisión tienen la función de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y al mejoramiento de la forma de convivencia humana, por lo que a través de sus transmisiones se debe procurar evitar influencias malsanas y perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez, la juventud, en particular y en general a todos los dominicanos y el respeto a los principios de la sociedad moral social, la dignidad humana y los vínculos familiares’”, señala el documento de la Comisión de Espectaculos Públicos.
“Se procede a inhabilitar de sus presentaciones en radio y televisión por un período de 30 días, a partir de la notificación de la presente resolución al locutor / comunicador Alberto Vargas por haber hecho uso desaprensivo, irresponsable, soez e impropio, siendo la radio, un medio de marcado interés general y que tiene influencia determinante en la conformación de la opinión pública, la edificación de las personas y una incidencia importante en la conducta ciudadana”.
La suspensión de Vargas surge luego de que, durante su participación en el programa “El Ritmo de la Mañana” que se transmite por la emisora Ritmo 96 de 7:00 a 10:00 de la mañana de lunes a viernes, utilizara expresiones que violentan el Reglamento 824.