El expediente del Ministerio Público incluye un informe psicológico del menor que evidencia el daño
Santo Domingo.- Los insultos que prefirió en redes sociales Mary Esther Rodríguez Espinal, conocida como “Mami Jordan”, contra el hijo de la Instagramer “La Patrona”, le ocasionaron al menor daños psicológicos.
Ante el hecho la Procuraduría Fiscal de Santo Domingo Este y Norte dictó un mes de prisión preventiva como medida de coerción en contra Rodríguez Espinal, imputada de cometer abuso psicológico y otros delitos contra un adolescente a través de la red social Instagram.
Entre los elementos de prueba presentados a la Oficina de Atención Permanente, se incluyen los informes de evaluación psicológica sobre la afectación al menor de edad, quien ha expresado temor por acudir a la escuela, ya que ha sido objeto de burlas o bullying, entre otros perjuicios.
El fiscal litigante Florentino Sánchez Zabala presentó en la audiencia los elementos documentales, periciales, audiovisuales y testimoniales que justifican la medida de coerción solicitada.
El juez Leomar Cruz Quezada, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de esta jurisdicción, dispuso que “Mami Jordan”, cumpla la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, en San Cristóbal.
Se recuerda que Mami Jordan fue arrestada el 6 de julio con base en una orden judicial, está acusada de usar las plataformas digitales para proferir insultos, difamaciones, comentarios despectivos, burlas y amenazas en contra de una mujer y su hijo de 15 años, de cuya identidad el Ministerio Público hace reserva por razones legales.
La acción del órgano de la persecución penal se originó a partir de una denuncia de la madre de la víctima, quien mostró evidencias audiovisuales sobre los pronunciamientos, del pasado abril, emitidos en vivo por la encartada en contra de ella y de su hijo, contenidos que acumulan decenas de miles de reproducciones cada uno.
El expediente instrumentado por la fiscal investigadora Mariana Álvarez, con asiento en la Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Sexual, atribuye a los hechos violación a las disposiciones contenidas en los artículos 12, 13, 14, 15, 16 y 18 de la Ley 136-03, que instituye el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
“El Estado dominicano tiene la responsabilidad de proteger a todos los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de abuso, maltrato y explotación, sin importar el medio que se utilice, incluyendo el uso de internet o cualquier vía electrónica”, indica el artículo 13 de la citada norma, mientras que el 18 establece el derecho a la protección de su honor, su reputación e imagen propia.
La Procuraduría Fiscal de Santo Domingo Este y Norte expresó su confianza en que obtendrá las debidas sanciones contra el abuso de las plataformas digitales y redes sociales como vía para atacar la dignidad y el honor de ciudadanos, en especial en casos como el presente, en el que se afecta a una persona menor de edad.