El Tribunal Supremo de España ha decidido este jueves por unanimidad denegar al exvicepresidente catalán, Oriol Junqueras, un permiso de excarcelación para ir a Estrasburgo a tomar posesión del escaño de europarlamentario que obtuvo en los comicios del 26 de mayo.
El órgano judicial tampoco anula la condena por el ‘procés’, por lo que sigue vigente la condena a 13 años de prisión y 13 años de inhabilitación para cargo público por los delitos de sedición y malversación de caudales públicos que ya se encuentra cumpliendo el líder independentista.
Los siete magistrados que componen la Sala que ha dictado esta resolución, reconocen su condición de eurodiputado tras la proclamación de los resultados de las elecciones el pasado 13 de junio, aplicando la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), pero sostienen que Junqueras carece de inmunidad y no es necesario emitir un suplicatorio al Parlamento Europeo.
El Tribunal justifica esta interpretación porque afirma que la inmunidad se rige por el Derecho nacional y en España no es necesario el suplicatorio si el aforado ya está sometido a juicio cuando se produce la elección. En el caso del exvicepresidente catalán, el juicio quedó visto para sentencia el 12 de junio, mientras que los resultados de las elecciones se proclamaron el 13 de junio, tan solo un día después.
Fuente: RT