Imponen garantía económica a hombre cometió estafa por más de seis millones en San Cristóbal

Imponen garantía económica a hombre cometió estafa por más de seis millones en San Cristóbal

SAN CRISTÓBAL.- El Ministerio Público logró que el Juzgado de Atención Permanente del distrito judicial de San Cristóbal le impusiera una garantía económica de un millón de pesos, a Denny Emanuel García Castillo, quien a través de la compañía empresa Zamek Capital, SRL, estafó por más de seis millones de pesos a sus víctimas.

El Ministerio Público, representado por la fiscal Fanny Garabitos, logró que el tribunal le imponga la medida a García Castillo y la empresa Zamek Capital, SRL, de la cual es gerente, por la estafa y abuso de confianza cometidos en contra de Máximo Bethoven Pérez Medina y Jesús Elías Castro.

El expediente presentado por el Ministerio Público establece que las víctimas, Pérez Medina y Elías Castro, fueron engañados con una propuesta de negocio de inversión en criptomonedas, bitcoin, inversiones en bolsas de valores y otros mercados financieros, mediante el cual prometían una ganancia anual de entre un 60% y 72% de la inversión.

Ante la falta de recursos económicos para la incursionar en el negocio, Pérez Medina y Elías Castro acudieron a varias instituciones bancarias, de las cuales, entre el 4 de mayo y el 11 de julio del 2022, obtuvieron prestamos por la suma de seis millones 300 mil pesos, dinero que entregaron a Castillo García y sus colaboradores en Zamek Capital, SRL.

La empresa, que accionaba bajo el esquema Ponzi para cubrir algunos de sus compromisos, respondió a algunos de sus compromisos hasta enero de este año, cuando dejaron de cumplir con los pagos y desaparecieron con el dinero que habían recibido de las víctimas.

Por estas acciones el Ministerio Público le imputa a García Castillo la violación a los artículos 408 Código Penal Dominicano, 3, literales A y B, 68 literal A numeral I y 5, 70 literal A numeral I de la Ley No. 183-02, que aprueba la Ley Monetaria y Financiera, así como también al artículo 336 numerales 1,5 y 6, 340 y 352 de la Ley No. 249-17 que modifica la Ley No. 19-00 del Mercado de Valores de la República”.