SANTO DOMINGO.– Antoliano Peralta, consultor jurídico del Poder Ejecutivo, afirmó que el artículo 172 de la Constitución establece que solo ciertos temas, como la modificación territorial y los derechos fundamentales, requieren consulta popular. En este sentido, enfatizó que la propuesta de reforma actual no altera los procedimientos existentes, por lo que no es necesaria la celebración de un referéndum.
En el segmento de RD Opina, Antoliano Peralta abordó la controversia en torno a la necesidad de un referéndum para la reforma constitucional propuesta, que incluye la reducción del número de diputados. Durante la discusión, Erinia Peralta planteó la inquietud sobre si se requeriría un referéndum, dado que la reforma toca derechos fundamentales, como el derecho a ser elegido.
Antolinano Peralta explicó que el artículo 172 de la Constitución establece que solo ciertos temas requieren la consulta popular mediante un referéndum, tales como la modificación territorial, la nacionalidad y los derechos fundamentales. Sin embargo, enfatizó que la propuesta de reforma no altera los procedimientos establecidos para modificar la Constitución, por lo que no se justifica la celebración de un referéndum.
Además, Peralta argumentó que la reducción del número de diputados no afecta el derecho de los actuales legisladores a aspirar a un cargo, ya que todos los diputados en funciones pueden seguir compitiendo por los escaños. Aunque el número total de representantes puede disminuir, cada provincia mantendrá un mínimo de dos diputados, garantizando así la representación.
El consultor jurídico también reconoció que, aunque hay opiniones divergentes entre juristas respecto a la necesidad de un referéndum, estos debates son parte de la discusión teórica sobre la interpretación del derecho. Resaltó que los temas jurídicos suelen tener espacios de interpretación que pueden llevar a diferentes conclusiones y que la discusión sobre la reforma constitucional sigue abierta a interpretación y análisis.