Consultor Jurídico, Antoliano Peralta aclara los límites de la Reforma Constitucional

Consultor Jurídico, Antoliano Peralta aclara los límites de la Reforma Constitucional

SANTO DOMINGO.- En el segmento de RD Opina, el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, abordó las inquietudes sobre la soberanía legislativa y la capacidad de los diputados para modificar el contenido de la reforma constitucional.

Durante el debate, el abogado y moderador del segmento, Yuri Enrique Rodríguez cuestionó si, a pesar de la mayoría oficialista, los legisladores podrían variar la propuesta inicial.

El Consultor Jurídico explicó que, según el artículo 171 de la Constitución, una vez aprobada la ley que declara la necesidad de la reforma, la asamblea debe convocarse en un plazo no mayor a 15 días para conocer los artículos propuestos.

Destacó que la ley debe especificar claramente qué artículos se discutirán, lo que limita la capacidad de los legisladores para introducir cambios ajenos a lo estipulado.

Sin embargo, el consultor también mencionó que, aunque la ley que convoca la asamblea está sujeta a revisión constitucional, los asambleístas tienen la facultad de modificar los artículos que se están considerando. Por ejemplo, en el caso de la cantidad de diputados, los legisladores podrían votar a favor o en contra de las modificaciones propuestas.

Peralta explicó que se puede asumir la propuesta de los legisladores del PRM, que sugiere una reducción de 20 diputados en lugar de la cantidad inicialmente propuesta. Sin embargo, al llegar a la asamblea, ese punto específico puede ser variado. Aunque no se pueden introducir modificaciones a otros artículos fuera de los especificados en la ley, los asambleístas tienen la facultad de discutir y modificar los artículos incluidos en la propuesta.

Como ejemplo, mencionó que se podría modificar una disposición constitucional relacionada con la designación del procurador. “Si la Constitución establece que la propuesta debe venir del presidente al Consejo de la Magistratura, un legislador podría sugerir que, en lugar de una única propuesta, se presente una terna”.

Esto demostraría que, dentro del marco de discusión, los legisladores tienen margen para proponer modificaciones que enriquezcan el debate.