El Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) pidió este martes al pleno de la Junta Central Electoral (JCE) que sancione de manera “ejemplificadora” a quienes violan las normas vigentes que prohíbe las campañas electorales a destiempo.
El secretario general del PRSC, Ramón Rogelio Genao, explicó que la JCE ya no tiene excusa para no controlar las violaciones a las leyes y al reglamento emitido por esa institución.
“Ya la legislación vigente establece capacidad sancionadora”, resaltó la dirigente reformita en la reunión que sostuvo el pleno de la institución electoral con los delegados de los partidos políticos.
El alto dirigente reformista dijo que la JCE tiene que estrenarse y comenzar a sancionar a todos los que transgreden esas normativas.
Genao señaló que el Partido Reformista está muy atento, esperando que comiencen aplicarse las sanciones, “porque hay que sentar precedentes para poner fin a esa campaña fuera de tiempo”.
Explicó que las leyes 33-18 sobre Partidos, Movimientos y Agrupaciones Políticas, y la 15-19 del Régimen Electoral hay que hacerla cumplir “y para eso está la Junta Central Electoral”.
“Esas leyes surgen para dos cosas, para disminuir el alto costo de la política y los tiempos de campaña, y la Junta está para cumplirla y hacerla cumplir”, resaltó.
Recordó que la ley establece que la precampaña se abre el primer domingo de julio de este año, y sin embargo aspirantes a cargos de elección popular de diferentes fuerzas políticas “están realizando labores proselitistas en todo el territorio nacional”.
Dijo que la resolución emitida por la JCE igualmente está siendo violada, “porque el proselitismo ha continuado, al igual que las promociones de precandidatos por radio, televisión, redes sociales y vallas”.
“La resolución de la Junta Central Electoral que prohíbe las actividades proselitistas fuera del tiempo establecido por la ley, es una iniciativa muy buena, y el PRSC la respalda”, agregó.
Entiende que debe haber un régimen de consecuencias contra los partidos y los aspirantes a cargos de elección popular que violen las leyes y normativas establecidas.
Genao dijo que las violaciones que se produzcan a partir de la resolución de la JCE, tienen que ser conocidas por el pleno de la JCE y los responsables sancionados.
“Los magistrados de la Junta tienen que estrenar la capacidad sancionadora que le da la ley”, agregó.
Sostuvo que la institución electoral por definición constitucional “tiene la responsabilidad de organizar y de dirigir las asambleas o elecciones internas de los partidos, y tiene, también, la facultad de hacer respetar las normas establecidas”.
Manifestó asimismo que los reclamos que viene haciendo el PRSC a la Junta Central Electoral han sido respetuosos, responsables y valientes, “sin agraviar la probidad de estos magistrados que conformar el pleno JCE”.
Afirmó que la institución está en capacidad de montar un proceso electoral “cuyos resultados sean acatados y recibidos con beneplácito por todos los actores, partidos políticos y la sociedad en sentido general.
SOBRE RESERVAS DE CANDIDATURAS
Por otra parte, el secretario general del PRSC reiteró al pleno de la JCE que la ley 15-19 establece cuatro niveles de elección, presidencial, senatorial, de diputados y municipal, “y por lo tanto, cuatro niveles de alianzas”.
Genao explicó en ese sentido, que la cuota de reserva de candidaturas que demanda la ley 33-18 es clara y específica cuando establece en su artículo 58 el 20% de los puestos para senadores, diputados, alcaldes, regidores, directores de distritos y vocales.
“De manera que la reserva del 20% es específico para eso por lo tanto el pretender calcular del total de candidaturas y que un partido pueda reservarse ochocientos y tantos puestos de elección popular sin importar de que nivel de elección sea, contraviene la ley 33-18 en su artículo 58”, agregó.
Sostuvo que el reglamento de la Junta es ilegal, ya que viola la ley 33-18, en su artículo 45, “al no especificar a cuales candidaturas se refiere la reserva”.
Dijo que el PRSC considera que sería totalmente antidemocrático y contra el sentido de la propia JCE como proponente de esta ley y del Congreso Nacional cuando se aprobó la misma, “que se pudiera permitir que un partido ser reserve la totalidad de las 32 candidaturas a senadores, las 190 de diputados, las 158 de los alcaldes y 236 de los directores de distritos municipales”.
Y todavía –apuntó- le quedarían puestos para reservas de las regidurías, vocales y otros, así como la Presidencia y la Vicepresidencia de la República.
Entiende que sería un golpe a la democracia poner en los órganos partidarios la facultad de establecer por reservas sin competencia, sin ningún método de elección, “una cantidad tan enorme de candidaturas”.
Insistió que eso contraviene la esencia de la ley que aprobó el Congreso y lo que establece claramente el artículo 58 de la ley 33-18.
“El PRSC también solicitó a la JCE un reglamento que clarifique el funcionamiento de la figura de la coalición, que puede ser total o por nivel de elección, donde uno de los partidos que la integre personifica la alianza y lleven candidaturas comunes y a la que no se le aplica reserva, o sea que se puede ceder hasta el 100% sin importar, en función de la coalición que se establezca”, resaltó.
Genao manifestó asimismo que la JCE debe reglamentar y especificar claramente cómo se van a normar y establecer las coaliciones que manda la ley 15-19 “y que toca ligeramente el reglamento, sin ser específico”.