El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional el Numeral 6 del Artículo 44 de la Ley de Partidos 33-18 que castiga los comentarios negativos contra los candidatos en la campaña electoral.
El TC acogió una acción directa de inconstitucionalidad sometida por el abogado Namphi Rodríguez.
Se recuerda que la pieza legislativa tiene dos artículos que tratan sobre “la difusión de mensajes negativos a través de redes sociales que empañen la imagen de los candidatos será sancionada conforme a los artículos 21 y 22 de la Ley 53-07 sobre crímenes de alta tecnología”.
Además, los artículos de la Ley 53-07 se refieren a la difamación y la injuria por medios electrónicos e impone sanciones que van de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a 500 salarios mínimos.