Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional decidió declarar inconstitucional la resolución que establece la realización de audiencias virtuales emitida por el Consejo del Poder Judicial el año pasado como modalidad para dar continuidad a los procesos judiciales durante la pandemia del coronavirus.
El documento el tribunal enfatiza que sólo se trata de un comunicado y que la sentencia de manera íntegra será dada a conocer en los próximos días.
La resolución declarada inconstitucional es la número 007-2020 de fecha 02 junio del año 2020 e indica que es contraria a los artículos 473, 138 y 156 de la Constitución, por lo tanto manda a ordenar pronunciar su ordena su nulidad.
Además, la decisión limita la firma electrónica en el Poder Judicial únicamente a las labores administrativas no así las jurisdiccionales, como se había estado adecuando por la Resolución Num. 002-2020 del 21 de abril del 2020. Señala que el número 3 de esta Resolución debe leerse de la siguiente manera:
“ALCANCE: La firma electrónica en el Poder Judicial se utilizará en sus labores administrativas no jurisdiccionales. La misma aplica los demás jueces y servidores judiciales.
La implementación de esta política no reemplaza los procesos y procedimientos existentes en las labores institucionales establecidas a las normas vigentes, enfatiza el comunicado.
Esta decisión surge a raíz de los recursos incoados por el Colegio de Abogados de República Dominicana (CARD) y otros sectores y personalidades contra las resoluciones que emitió el año pasado el Poder Judicial para habilitar las audiciencias virtuales, los despositantes motivaron su acción de insconstitucionalidad al indicar que la decisión de cambiar la modalidad de la audiencia le correponde al Poder Legislativo, y no al Consejo que que tiene labores únicamente administrativas.
“Esta decisión se estaba esperando hace tiempo porque en cuanto el procedimiento de la administración de justicia hay muchos cambios que hizo el Consejo del Poder Judicial que han sido aplaudidos por algunos, sin embargo cuando lo llevas a la práctica ha traído muchísimos problemas ha traído muchos problemas en la administración de justicia y muchos cambios, habían quejas en los abogados en los usuarios del sistema de justicia, y sobre todo, estaban tomando decisiones que tendrían que haberse tomado en base a cambios legales no a resoluciones de un órgano como es el Consejo del Poder jñJudicial que tiene atribuciones administrativas”, ponderó la abogada Claudia Castaños quien espera conocer la sentencia íntegra con las motivaciones del Tribunal y los posiblemas votos disidentes.
La declaración de nulidades por inconstitucionalidad surtirán efectos tres meses después de la publicación íntegra de la sentencia.